Con miras a la época decembrina, en donde se dispara el uso y comercialización de productos pirotécnicos y por ende los accidentes y quemados, el Ministerio del Interior, Luis Fernando Velasco, firmó un nuevo decreto que reglamenta el uso de la pólvora, en su fabricación, manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra, venta de pólvora y productos pirotécnicos en el territorio nacional.
«Hoy firmé como @MinInterior el nuevo decreto que reglamenta el uso de la pólvora para su fabricación, manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra, venta de pólvora y productos pirotécnicos en el territorio nacional; establecido en la Ley 2224 de 2022 que garantiza los derechos fundamentales a la vida, la integridad física, la salud y la recreación de los niños, niñas y adolescentes”, escribió el alto funcionario en su cuenta X.
En el artículo oficial del Ministerio se asegura que “está prohibida toda venta de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos a niños, niñas y adolescentes y a personas en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas o prohibidas, en todo el territorio nacional”.
Todos los menores de edad que sean encontrados en flagrancia serán puestos a disposición de “un defensor de familia, o autoridad quien haga sus veces, quien determinará las medidas de protección a adoptar”. La multa para sus progenitores será de 5 SMLMV.
Así mismo, habrá sanciones para las personas a las que se le encuentre usando, fabricando, manipulando, transportando, comercializando o comprando artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos, incumpliendo con las normativas vigentes. El monto de la misma será entre 1 y 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes, dependiendo del caso.


