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Alcaldía de Montería y Urbaser, tienen dos meses para recuperar el caño El Purgatorio

La Alcaldía de Montería y la empresa Urbaser, cuentan con dos meses para elaborar un plan de acción con el fin de recuperar el caño El Purgatorio. A esta corriente de agua habrían sido arrojados lixiviados durante el uso del relleno sanitario de Loma Grande, el que fue cerrado, en forma definitiva, por orden del Tribunal Administrativo de Córdoba.

El ente judicial tomó la decisión con base en una acción popular interpuesta por el Cabildo Indígena Jaraguay y sectores de la comunidad de la vereda Loma Grande en jurisdicción del corregimiento Kilómetro 12.

Tanto el Municipio de Montería, como la empresa Urbaser, deben restaurar el área afectada para dejarla libre de lixiviados, que es un líquido mal oliente que expelen las basuras y que es bastante contaminante para el ambiente.

Además del caño El Purgatorio, existen otras corrientes de agua que también pudieron ser contaminadas, y que tendrán que ser restauradas o recuperadas, de acuerdo con la sentencia expedida por el alto tribunal.

El caño El Purgatorio es el mismo canal colector de aguas lluvias que sele del sur de Montería, cruza la carretera Montería-Planeta Rica, se dirige al corregimiento El Cerrito, pasa por Ciénaga de Oro y al final vierte el líquido en la Ciénaga Grande del Bajo Sinú.

La orden del Tribunal Administrativo quiere decir que finaliza el 12 de septiembre, fecha en que se cumplen los dos meses de haberse publicado el expediente que tiene fecha del 12 de julio de 2024.

El plan debe ser aprobado y supervisado por la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (CVS). En caso de que la Alcaldía de Montería y Urbaser no se pongan de acuerdo, la CVS se encargará de formular el plan que será financiado por el Municipio de Montería y Urbaser, en partes iguales.

De la misma manera dice el acto judicial que, todos los accionados deben presentar, cada tres meses, un informe detallado ante el Tribunal Administrativo de Córdoba.

También recomienda la conformación de un comité de verificación integrado por la parte actora, Defensoría del Pueblo, delegados de la Procuraduría General de la Nación, la CVS, la Anla, Municipio de Montería y Urbaser.

El mencionado comité debe hacer seguimiento a lo ordenado en la sentencia y podrá ser convocado cuando fuere necesario.

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