La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador de Guanía, Efrén de Jesús Ramírez Sabana, como autor en concurso heterogéneo de delitos de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros agravado.
Tras el allanamiento a cargos, la Sala condenó al exgobernador a las penas de 158 meses y 21 días de prisión, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 159 meses y 6 días y al pago de una multa de 1086,45 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Asimismo, lo condenó a la inhabilidad intemporal de que trata el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia, por lo que no podrá ser inscrito como candidato a cargo de elección popular, ni elegido, ni designado como servidor público, ni celebrar personalmente, o por interpuesta persona, contratos con el Estado.
La Corte negó al exgobernador la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.
Para la Sala Especial de Primera Instancia, la Fiscalía General de la Nación demostró que Ramírez Sabana en su condición de gobernador de Guainía, con ocasión a la suscripción del convenio interadministrativo 1442 con el Instituto Nacional de Vías (INVIAS) para el mejoramiento de la vía Huesito-Puerto Caribe, firmó con el Consorcio Vía Huesito-Puerto Caribe el contrato de obra número 358 de 8 de octubre de 2007, con plazo de 8 meses y cuantía de $2.550’693.451,78, sin cumplir los criterios de planeación, economía, responsabilidad, legalidad y transparencia en la contratación pública.
