La Corte Suprema de Justicia deberá resolver un incidente de definición de competencia en el proceso contra dos de los implicados en la muerte de Yulixa Consuelo Toloza, la estilista de 52 años hallada sin vida en mayo de 2026 tras someterse a un procedimiento estético en un centro clandestino de Bogotá. La decisión se tomó este viernes 14 de agosto, luego de que se frustrara por tercera ocasión la audiencia en la que la Fiscalía General de la Nación pretendía formalizar el escrito de acusación.
El juez 30 Penal del Circuito de Bogotá determinó remitir el expediente al alto tribunal ante la controversia generada por la defensa de Jesús Alberto Hernández Morales y Kelvis Daniel Sequera Delgado, los dos ciudadanos venezolanos procesados por su presunta participación en el ocultamiento de pruebas y el favorecimiento en el homicidio.
La defensa argumentó que la competencia debía corresponder a un juzgado de Norte de Santander, departamento donde, según su tesis, se habría materializado el intento de manipulación de evidencias relacionadas con el vehículo utilizado para trasladar el cuerpo de la víctima.
Tanto la Fiscalía como la Procuraduría General de la Nación y el representante de las víctimas se opusieron a esa petición. Coincidieron en que los hechos principales —la intervención estética, la desaparición y el abandono del cuerpo— se desarrollaron en Bogotá y Cundinamarca, por lo que la competencia territorial debía permanecer en la capital.
El juez, aunque consideró que su despacho no carecía de competencia, optó por elevar el incidente a la Corte Suprema al existir una controversia entre dos distritos judiciales distintos: Bogotá y Norte de Santander.
“El juzgado estima que no carece de competencia territorial para asumir el conocimiento de la acusación. Sin embargo, como existe una controversia entre el señor defensor, el suscrito, la Fiscalía, el representante de víctimas y la Procuraduría, tiene que darse impulso al incidente de definición de competencias”, explicó el funcionario judicial durante la diligencia.
El representante de las víctimas calificó la discusión como una posible maniobra dilatoria que retrasa el avance del proceso. El juez respondió que se trata de una decisión sin recurso y que aplica la postura unificada de la Corte Suprema de Justicia desde 2019 sobre impugnaciones de competencia entre distritos diferentes.
