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En Córdoba , Prosperidad Social inicia entrega del séptimo ciclo de pagos de Colombia Mayor.

– La entrega de recursos comenzará el 30 de julio con pago a bancarizados y bajo la modalidad de giro, que se extenderá hasta el próximo 13 de agosto.
– En este ciclo, más de 91. 000 personas mayores en Córdoba están habilitadas para recibir los recursos del programa.

La gerente regional de Prosperidad Social en Córdoba , Dalila Tamayo anunció que este miércoles 30 de julio iniciará el séptimo ciclo de pagos del programa Colombia Mayor, dirigido a las personas mayores en situación de pobreza y vulnerabilidad. La jornada se extenderá hasta el 13 de agosto.

En este ciclo, 91.675 personas mayores están habilitadas para recibir el apoyo económico, ya sea por medio de transferencia bancaria o modalidad de giro.

“Como parte del compromiso del Gobierno nacional con el envejecimiento digno y la inclusión social, en el departamento de Córdoba iniciará el séptimo giro del año del programa Colombia Mayor.
Son más de 91.000 personas en condición de pobreza extrema o vulnerabilidad quienes recibirán este apoyo económico”, afirmó Tamayo.

Para este ciclo, Prosperidad Social invertirá más de 12.300 millones de pesos en el departamento, con el fin de garantizar la entrega oportuna y segura de los recursos en todo el país.

A nivel nacional, 511.910 personas mayores de 80 años recibirán un pago diferenciado de 225.000 pesos, como parte de la estrategia de atención prioritaria a esta población, implementada desde 2024.

Medios de pago y canales de consulta

El Banco Agrario de Colombia y su red de aliados estarán a cargo de la operación de pagos. Los beneficiarios recibirán un mensaje de texto con la fecha exacta
en la que podrán reclamar el subsidio.

Desde el 30 de julio también podrán consultar esta información en el siguiente enlace: ³ https://consultagiros.bancoagrario.gov.co/ConsultaPagos/ConsultaCM.aspx

Prosperidad Social hace un llamado a todos los beneficiarios para que mantengan actualizada su información de contacto, lo cual es esencial para garantizar una entrega eficaz y sin contratiempos.

Para actualizar datos o resolver inquietudes, pueden comunicarse a las siguientes líneas gratuitas:

Bogotá: 601 379 1088
Línea nacional: 01 8000 95 1100

También pueden acercarse a los enlaces municipales del programa en las oficinas regionales de Prosperidad Social o en las alcaldías locales.

El Gobierno del presidente Gustavo Petro, a través de Prosperidad Social, continúa fortaleciendo los mecanismos de protección económica para las personas mayores, con el propósito de garantizar una vejez digna, segura y con justicia social.

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«Queremos manifestar nuestra tristeza y dolor por el sentido del fallo anunciado por la Juez 44» : Centro Democrático.

En un comunicado oficial, el partido Centro Democrático expresó su “tristeza y dolor” por la decisión de la juez 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Liliana Herrera, quien este lunes 29 de julio anunció fallo condenatorio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez en el caso que enfrenta por presunta manipulación de testigos y fraude procesal.

En la misiva, la colectividad manifestó su respaldo al exmandatario y aseguró que, si bien respeta las decisiones judiciales dentro de un Estado de Derecho, mantiene su convicción sobre la inocencia de Uribe.

«Respetamos las decisiones de los jueces en un Estado de Derecho. Sin embargo, frente al fallo emitido hoy, reafirmamos nuestra convicción sobre la inocencia del expresidente» y agregaron que » Como lo ha manifestado el equipo de la defensa en cabeza del Dr. Jaime Granados, esta decisión será acatada con respeto, pero será apelada ante el Tribunal Superior de Bogotá, como lo establece la ley. En caso de ser necesario, también se acudirá a otras instancias como la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia».

El partido también recordó que la decisión no es definitiva y que el expresidente mantiene su presunción de inocencia mientras haya recursos judiciales pendientes.

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Defensa de Álvaro Uribe apelará su condena.

Tras el histórico fallo que declaró culpable al expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal, la oficina de Jaime Granados, al frente de la defensa del expresidente, anunció que el fallo que se dará a conocer este viernes será apelado ante el Tribunal Superior de Bogotá.

La defensa fue enfática en señalar que esta no es, de ninguna manera, una decisión definitiva. De hecho, se hace hincapié que la presunción de inocencia del expresidente Uribe permanece intacta y que aún existen recursos pendientes por agotar en el marco del proceso legal. Los abogados del exmandatario dejan claro que las valoraciones de la juez serán debatidas a través de los canales legales establecidos para ello, demostrando su apego al debido proceso.

En una muestra de su confianza en el sistema judicial y en la solidez de su argumentación, el equipo de defensa también indicó que, de ser necesario, acudirán a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Esta declaración es muestra de la determinación de la defensa de llegar hasta las últimas instancias para hacer valer su posición.

El equipo de abogados que conforma la defensa del expresidente está integrado por los reconocidos profesionales Jaime Granados, Jaime Lombana, Juan Felipe Amaya, Franklim Guevara y Édgar Barraza. La defensa informó que, previo a cualquier pronunciamiento de fondo, se tomarán un silencio prudente mientras se conoce y estudia la sentencia en su integridad. Solo una vez examinado el fallo en detalle, se emitirán declaraciones más exhaustivas.

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Uribe fue absuelto del delito de soborno simple.

En un nuevo capítulo del proceso judicial que enfrenta el expresidente Álvaro Uribe, la jueza Sandra Heredia anunció este 28 de julio que el exmandatario quedó absuelto del delito de soborno simple, aunque determinó que sí se configuraron los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal en el caso relacionado con el intento de manipulación del testigo Juan Guillermo Monsalve.

Durante la audiencia, la jueza explicó que las pruebas presentadas por la Fiscalía demostraron que existió una “emboscada” dirigida al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, con el objetivo de obtener una retractación de sus declaraciones a través de terceros.

Según Heredia, esta maniobra configuró un intento deliberado de alterar el curso del proceso judicial, lo que sustenta los cargos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Heredia señaló que Uribe no fue un actor externo en este entramado, aunque no precisó en el momento de la audiencia si el expresidente fue el determinador de dichos delitos, dejando en suspenso esa parte del fallo.

En relación con el delito de soborno simple, la jueza fue clara al afirmar que no se configuró en el caso de Uribe. Segundos después de esta declaración, Heredia anunció la absolución del expresidente de este cargo, marcando un punto a favor de la defensa de Uribe en un proceso que ha polarizado al país.

La decisión sobre los otros delitos aún está pendiente de un pronunciamiento definitivo, lo que mantiene la incertidumbre sobre el futuro judicial del líder natural del Centro Democrático.

Vía Pulzo.

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Jueza acreditó a Uribe delito de soborno en actuación penal.

El expresidente Álvaro Uribe fue considerado responsable del delito de soborno en actuación penal, uno de los tres por los que fue llevado a juicio.

“quedó acreditado” que el expresidente Uribe cometió soborno en actuación penal, lo que provocó diversas reacciones al instante.
“En esos términos, el primer soborno en actuación penal en cuanto a la materialidad de la conducta punible ha quedado acreditada”, indicó la jueza, quien desde las 8:30 de la mañana está leyendo el fallo.

La jueza detalló que el delito «se ejecutó desde dos frentes: uno dentro del establecimiento carcelario en Bogotá y otro a distancia, desde Neiva, con el fin de lograr que Monsalve se retractara de sus declaraciones».

El delito de soborno en actuación penal está contemplado en el Código Penal de Colombia. Según el artículo 444, este se configura cuando una persona «en provecho suyo o de un tercero entregue o prometa dinero u otra utilidad a persona que fue testigo de un hecho delictivo, para que se abstenga de concurrir a declarar, o para que falte a la verdad, o la calle total o parcialmente», dice la norma.

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La juez 44 penal, Sandra Heredia, acaba de hallar responsable al expresidente Álvaro Uribe Vélez por el delito de fraude procesal, caso de Combita.

#JuicioAUribe | La jueza 44 del penal de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, señaló que el delito de fraude procesal en el caso de Álvaro Uribe ha quedado suficientemente probado. Indicó que Diego Cadena, por instrucción del líder del Centro Democrático, habría visitado internos en la cárcel de Cómbita para obtener declaraciones falsas.

“El delito de fraude procesal ha quedado suficientemente probado”, señaló la togada, que añadió: “Se demostraría que Diego Cadena, por instrucción del señor Álvaro Uribe Vélez, visitó internos de la cárcel de Cómbita, previamente visitados por Iván Cepeda (…) con el propósito de obtener declaraciones falsas orientadas a desvirtuar la compulsa de copias emitidas contra Uribe Vélez”.

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El expresidente Álvaro Uribe es hallado culpable del delito de soborno en actuación penal en el caso del testigo Juan Guillermo Monsalve.

Durante la lectura del fallo contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, la jueza 44 penal de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, acreditó el delito de soborno en actuación penal.

Según la decisión judicial, Uribe es responsable de este delito por intentar, a través de su abogado Diego Cadena, sobornar al testigo Juan Guillermo Monsalve, quien también recibió presiones mediante alias “Caliche”.

La juez Sandra Heredia dio como acreditado el delito relacionados de soborno en actuación penal contra el expresidente Álvaro Uribe.

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Interceptaciones telefónicas en el caso Uribe fueron legales: jueza Heredia.

La jueza 44 penal de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, validó este lunes las interceptaciones telefónicas como prueba en el juicio penal que enfrenta el expresidente Álvaro Uribe Vélez, descartando los argumentos de la defensa sobre la supuesta ilegalidad de las grabaciones obtenidas en 2018 por la Corte Suprema de Justicia.

“La espera ha terminado”, dijo Heredia al iniciar la lectura del fallo, y entre los primeros temas abordados destacó la legalidad de las interceptaciones. Según explicó, las escuchas se produjeron entre el 12 y el 27 de marzo de 2018 y no se extendieron durante un mes, como lo había argumentado la defensa del exmandatario. Las interceptaciones se dieron como resultado de un “error” en la identificación de la línea, ya que la orden judicial estaba dirigida al excongresista Nilton Córdoba Manyoma.

Pese al error inicial, la jueza concluyó que el investigador actuó “con diligencia, buena fe y tomó las medidas correspondientes frente al hallazgo imprevisto”. Subrayó que se cumplieron los requisitos técnicos para el rastreo y que no hubo mala fe. “Sostener que es ilegal rastrear números que no estén asociados al proceso abriría un margen para debilitar la justicia”, afirmó.
Fuente: API

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La Defensoría del Pueblo llama a la sociedad colombiana a respetar las decisiones judiciales, esto en medio de la lectura del fallo en medio del juicio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

El lunes 28 de julio de 2025, Sandra Liliana Heredia, jueza 44 de Conocimiento en Bogotá, anunciará su decisión en el caso penal que involucra al expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Ante el inminente fallo, la Defensoría del Pueblo de Colombia hizo un llamado a la sociedad para que respete las decisiones judiciales.

Esta solicitud se da durante la lectura del fallo en el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. “Jueces y juezas deben ejercer su función con plena libertad”, comentó la entidad al respecto en un comunicado que compartieron por medio de sus redes sociales.

En su comunicado, la Defensoría del Pueblo resaltó la importancia de la independencia judicial como elemento fundamental del Estado Social de Derecho y garantía para la protección de los derechos fundamentales

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Jueza valida grabaciones de relojes espía en caso Uribe: “Pese a que no son nítidas, son confiables”.

La jueza 44 penal de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, validó este lunes las grabaciones realizadas con relojes espía por el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve como prueba en el juicio que enfrenta el expresidente Álvaro Uribe Vélez. Pese a los cuestionamientos de la defensa, la jueza consideró que el material es confiable y respalda las denuncias de manipulación de testigos en favor del exmandatario.
No se observa en la conversación una inducción por parte de quien graba. Se limitaron a mostrar que Juan Guillermo Monsalve estaba siendo presionado para cambiar su versión ante el senador Iván Cepeda. Además, reflejan lo advertido por Monsalve, tal como estaba sucediendo. Son confiables”, explicó Heredia durante la lectura del fallo.

La defensa del expresidente había solicitado excluir estas grabaciones alegando que no se preservó adecuadamente la cadena de custodia y que los archivos presentaban modificaciones. Sin embargo, la jueza calificó de “infundados” los argumentos. “Si bien el perito cuestionó la extracción de la información de los relojes, ello no es suficiente para negar la identidad entre el archivo original, el entregado a la Corte y el presentado en el juicio oral”, precisó.
Monsalve, testigo clave en el caso, grabó en secreto las visitas del abogado Diego Cadena, quien habría ofrecido beneficios jurídicos a cambio de que se retractara de sus acusaciones contra los hermanos Uribe por presuntos vínculos con grupos paramilitares. Las grabaciones fueron clave para sustentar la tesis de la Fiscalía sobre un supuesto esquema de manipulación de testigos.

En otro punto, Heredia también se refirió al argumento de la defensa sobre la pérdida de fuero por parte de Uribe tras su renuncia al Senado en 2020, en medio del proceso en la Corte Suprema. La jueza reiteró que dicha renuncia no invalida las pruebas obtenidas por ese tribunal. “La renuncia al fuero no conlleva a la invalidez de las pruebas”, afirmó.
Fuente: API

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