La Corte Constitucional notificó un fallo que ordena el desmonte de una estatua de yeso de la Virgen del Carmen, ubicada en la Dirección de Tránsito y Transporte de Floridablanca, Santander.
El dictamen surge a raíz de una acción de tutela presentada por una empleada de dicha entidad, quien argumentó que con la imagen de la virgen se estaban vulnerando sus derechos fundamentales a la libertad de conciencia, a la libertad de cultos, a la igualdad y al principio de neutralidad del Estado en materia religiosa. La funcionaria además señaló que en el sitio de trabajo se hacen constantemente eucaristías.
La Corte estudió el caso y determinó que, si bien los servidores públicos pueden practicar un culto o religión, el alto tribunal “(…) no les está permitido vincular sus manifestaciones de fe a la institución que representan, para favorecer, adherir o manifestar una preferencia a la religión o culto que, a título personal, profesan”, dice el fallo.
En el fallo, la Corte Constitucional amparó el derecho a la libertad de culto de la empleada y emitió una orden clara a la Dirección de Tránsito y Transporte de Floridablanca: proceder con el retiro de la imagen de la Virgen del Carmen.
Por su parte, la entidad de tránsito y transporte había dicho que la asistencia a las ceremonias religiosas católicas no era obligatoria y que la imagen de la Virgen del Carmen era parte de la instalación al estar ubicada en dicho lugar desde hace más de dos décadas.
