La Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba revocó la sentencia proferida por el Juzgado Once Administrativo del 21 de septiembre de 2026 y declaró improcedente la acción de tutela promovida contra el cronograma y las resoluciones de la convocatoria, para el proceso de elección del representante de los egresados ante el Consejo Superior 2026-2030.
La providencia determinó que no existió afectación a los derechos fundamentales ni perjuicio irremediable, y reiteró que la tutela no es la vía para intervenir los calendarios ni las reglas generales de la Universidad.
El Tribunal Administrativo de Córdoba, Sala Cuarta de Decisión, profirió una nueva sentencia de segunda instancia mediante la cual revocó el fallo proferido por el Juzgado Once Administrativo del Circuito de Montería y declaró improcedente la acción de tutela acumulada, que compiló tres acciones de tutela similares, promovidas por tres ciudadanos contra la Universidad de Córdoba.
Con esta determinación judicial, que se suma al reciente pronunciamiento de la Sala Segunda del mismo Tribunal, la justicia contenciosa reitera que los mecanismos constitucionales de amparo no pueden ser instrumentalizados para alterar las etapas reglamentarias, ni para coadministrar los procesos electorales de los estamentos universitarios.
Igualmente, el Tribunal concluyó que las inconformidades planteadas respecto a la brevedad del cronograma, los tiempos de inscripción, la difusión de la convocatoria y la depuración del censo electoral no acreditaron una vulneración a los derechos fundamentales de los demandantes, como tampoco representa la existencia de un perjuicio irremediable que ameritara la intervención del juez de tutela.
Reiteró la autoridad judicial que, los actos administrativos de la convocatoria y la reglamentación electoral gozan de presunción de legalidad y cuentan con procesos de control ante la jurisdicción contenciosa ordinaria. Por lo que indicó que el juez constitucional de primera instancia, no aplicó el principio de subsidiariedad de la tutela al intentar modificar los plazos y etapas fijados por la institución.
Este segundo fallo que se conoce en las últimas 24 horas, reafirma que las directivas de Universidad de Córdoba han actuado de acuerdo a los principios de transparencia y legalidad en este proceso electoral.
