El Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales en Colombia, conocido hasta ahora como Sisbén, comenzó su transición gradual para convertirse, a partir del próximo primero de agosto, en el nuevo Registro Universal de Ingresos (RUI).
Sin embargo, para las personas que ya entregaron su información y estén identificadas antes del 31 de julio próximo, el proceso de transición se extenderá hasta el 31 de agosto del presente año.
Así está previsto en el Decreto 662 del 26 de junio de 2026 mediante el cual el Gobierno de las Oportunidades amplió dicho periodo de transición entre el Sisbén y el RUI.
No se trata del cambio de nombre del principal programa de apoyo social del Estado, sino que una nueva metodología que clasificará a la población colombiana de acuerdo con sus ingresos reales a partir del Registro Social de Hogares que integra el Sisbén con registros del Estado en otras bases de datos como Registraduría, Dian, Pila, entre otros.
La medición de los ingresos de las personas que trabajan en la informalidad, se medirán por tres vías: Ingreso observado (planillas de salud); ingreso estimado (según variables socioeconómicas), y autodeclaración (encuesta del Sisbén).
Es decir, que el Sisbén, tal como se conoce hoy, evoluciona y sigue existiendo como una de las fuentes claves que alimentan este sistema, informó el Departamento Nacional de Planeación (DNP).
La directora de la entidad, Natalia Irene Molina, aseguró que “el Sisbén no desaparece, evoluciona. Toda la información que las familias colombianas ya entregaron, sigue siendo válida y necesaria. Lo que hace el RUI es fortalecer esa base con registros administrativos del Estado para que ningún hogar que, de verdad, lo necesite se quede sin la posibilidad de acceder a un subsidio».
El DNP aclaró que el Sisbén se mantiene vigente como una de las principales fuentes de información del nuevo Registro Social de Hogares, y que son las entidades administradoras de cada programa las que definen esquemas de corte graduales de los subsidios, buscando proteger siempre a la población más vulnerable.
El Decreto 662 también establece que las entidades responsables de programas, subsidios y servicios sociales deberán adoptar y publicar su propio esquema de transición, cronograma, actividades operativas y mecanismos de atención al ciudadano.
Además, durante el periodo de transición, y hasta el 31 de octubre de 2026, las entidades deben ejecutar estrategias de divulgación e información dirigidas a os beneficiarios, potenciales beneficiarios y comunidad en general.
