La Corte Constitucional declara inconstitucional la disposición legal que autoriza el sacrificio o la eutanasia de animales argumentando únicamente su vejez. El alto tribunal determina en su fallo que el envejecimiento de un animal no extingue su derecho a la protección legal, sino que intensifica la responsabilidad de propietarios, tenedores y entidades públicas de brindarles asistencia, cuidado y condiciones de vida digna dada su mayor vulnerabilidad.
El pronunciamiento jurisprudencial precisa que la edad avanzada deja de ser un motivo legal suficiente para terminar con la vida de los seres sintientes en el territorio nacional. La sentencia aclara que las únicas excepciones aplicables corresponden a situaciones médicas de sufrimiento irreversible debidamente certificadas por profesionales de la medicina veterinaria, consolidando una línea de amparo integral durante todas las etapas del ciclo vital de la fauna.
