A través de un comunicado de prensa la Superintendencia de Industria y Comercio, anunció que mediante la Resolución No. 7865 de 25 de febrero de 2025, impartió órdenes administrativas a Ticket Colombia y a Promotora Colombia, con el fin de evitar que se cause un perjuicio a los consumidores del concierto de Shakira en la ciudad de
Medellín.
De acuerdo con la orden, la SIC exige que Ticket Colombia S.A.S. y Promotora Colombia S.A.S. cumplan con los siguientes requisitos:
1. Informar claramente la nueva fecha del concierto antes del 28 de febrero de 2025, a través de canales oficiales como página web oficial del operador y productor, correo electrónico masivo a cada uno de los compradores, redes sociales, sistemas de recepción de PQRS como página web, chat y atención telefónica.
2. Modificar y detallar el proceso de devolución del dinero, comunicando a los consumidores y asegurando que todos los métodos de pago sean cubiertos. La devolución deberá hacerse en un plazo máximo de 15 días hábiles. Además, se ampliará el plazo para la solicitud de la devolución como mínimo 5 dias hábiles más después de la notificación de la nueva fecha.
3. Ofrecer a los consumidores que ya solicitaron la devolución, siempre y cuando esta no se haya hecho efectiva, la posibilidad de retractarse y asistir al evento si lo desean, manteniendo las mismas condiciones originales de la compra.
4, Realizar la devolución total del dinero a los consumidores que lo soliciten.
La Superintendencia también recordó que el incumplimiento de estas órdenes podría dar lugar a sanciones económicas, según el artículo 61 del Estatuto del Consumidor. Además, se advierte que las empresas involucradas deberán cumplir con todas las disposiciones de la Ley 1480 de 2011 sobre los derechos de los consumidores.
El organismo regulador dejó claro que contra esta orden no procede recurso alguno, lo que significa que las medidas deberán ser cumplidas sin demora.
