Mininterior avala toque de queda en Córdoba, excepto Montería, desde las 10 de la noche hasta las 5 de la mañana todos los días hasta el 1 de noviembre.

El gobernador Orlando Benítez anunció que se mantiene también la medida de pico y cédula aplicado a actividades específicas y susceptibles de aglomeración.

Después de una reunión con los alcaldes de los diferentes municipios de Córdoba, la fuerza pública y las autoridades de la gobernación, el gobierno departamental tomó la decisión de consultar al Ministerio del Interior para que permitiera mantener el toque de queda en Córdoba, excepto Montería. La medida fue avalada e irá desde las 10 de la noche hasta las 5 de la mañana todos los días hasta el primero de noviembre.

El gobernador Orlando Benítez anunció que se mantiene también la medida de pico y cédula aplicado a actividades específicas y susceptibles de aglomeración. Señaló que estas medidas se adoptan en el territorio cordobés teniendo en cuenta que el COVID-19 aún sigue con vida, presente y todavía se mantiene el riesgo de contagios.

“La guerra contra el COVID continúa y a pesar que nos encontramos en una fase de reactivación y recuperación económica, no se puede olvidar que proteger la vida y la salud sigue siendo un punto vital dentro de la agenda de nuestro gobierno, y por esa razón también solicitamos a cada cordobés para que continúen con los protocolos, con el distanciamiento y la disciplina social y la responsabilidad ciudadana, dentro de las conductas que todos los días realicen”, subrayó, Benítez Mora.

La respuesta del Ministerio del Interior al gobernador de Córdoba señala:

 Respetado Gobernador,

En primera medida queremos agradecer la disposición por garantizar el principio de coordinación de la actuación administrativa para enfrentar este estado de emergencia y todas las actuaciones tendientes para preservar la salud y la vida, evitar el contacto y la propagación del coronavirus COVID-19 en la entidad territorial a su cargo.

Razón por la cual, el proyecto de decreto enviado a esta cartera, por la Gobernación, que busca implementar medidas de orden público en virtud de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, en el marco de lo dispuesto por la Constitución, la Ley y lo dispuesto en los Decretos1297 y 1168 de 2020, CUMPLE parcialmente, con los criterios de coordinación y proporcionalidad establecidos por el Gobierno Nacional y se considera acorde con las instrucciones que sobre la materia se han emitido.

Lo anterior, ya que, si bien usted adjunta el soporte de todos y cada uno de los señores alcaldes de su departamento y asume la vocería de ellos, es deber nuestro exhortarlo a que el reforzamiento de las medidas de orden público, como el toque de quedo solo está permitido entre las 22:00 horas y las 05:00 horas del día siguiente.

En ningún municipio del territorio nacional, se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

2. Los bares, discotecas y lugares de baile.

3. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

Toda actividad deberá estar sujeta al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del Coronavirus COVID-19. Así mismo, deberán atenderse las instrucciones que para evitar la propagación del Coronavirus COVID-19 adopten o expidan los diferentes ministerios y entidades del orden nacional.

Por último, es vital tener en cuenta que la Resolución 666 del Ministerio de Salud “Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus COVID-19”, en su artículo 4, le entrega a los Municipios la vigilancia y cumplimiento de dichos protocolos, por lo que deberá ordenar a quien corresponda, dentro de su organización administrativa, adelantar las acciones de vigilancia y control que garanticen su aplicación.

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