El Ministerio de Salud expidió la Resolución 695 de 2026, mediante la cual actualiza el listado de servicios y tecnologías que no serán cubiertos por las EPS dentro del Plan de Beneficios en Salud (PBS).
La medida busca priorizar intervenciones esenciales y excluir aquellas sin respaldo científico, de carácter estético o de uso personal.
La decisión se adoptó tras un proceso participativo que incluyó consultas con asociaciones científicas, expertos, pacientes y ciudadanía. Estas sesiones se desarrollaron en 25 departamentos y en Bogotá.
Según la cartera de Salud, la actualización se fundamenta en criterios de evidencia científica, seguridad, eficacia clínica y pertinencia. En ese sentido, se excluyen servicios que carecen de soporte técnico, no cuentan con autorización de las autoridades competentes, tienen fines cosméticos o son considerados experimentales.
Entre los principales servicios excluidos se encuentran:
Procedimientos y cirugías estéticas
Se excluyen aquellos realizados con fines cosméticos o de embellecimiento, como:
Rinoplastia estética
Liposucción
Mamoplastia estética
Gluteoplastia
Blefaroplastia por envejecimiento
Ritidectomía (estiramientos faciales)
Cliteroplastia, himenoplastia e himenorrafia
Engrosamiento o alargamiento de pene
Depilación láser con fines estéticos
Dermoexfoliación (peelings)
Correcciones estéticas de nariz, cejas o arrugas
Medicamentos y tratamientos específicos
También se excluyen algunos medicamentos según su uso o indicación clínica, entre ellos:
Analgésicos combinados como acetaminofén con codeína u opioides en ciertos contextos
Diacereína para algunos casos de artritis
Minoxidil para alopecia dentro del PBS
Buprenorfina en usos específicos
Otros fármacos dependiendo de su indicación
Fertilidad y reproducción asistida
La resolución excluye procedimientos como:
Fecundación in vitro (FIV), incluso con ICSI
Inseminación artificial
Tratamientos de reproducción asistida en general
El Ministerio reiteró que estas exclusiones buscan optimizar el uso de los recursos públicos, garantizando la financiación de servicios con efectividad comprobada y mayor impacto en la salud de la población.
Consulte la Resolución 695 de 2026.
