Tres juzgados penales del circuito en Córdoba se han declarado impedidos para conocer del proceso que busca esclarecer la masacre registrada el pasado 10 de septiembre de 2024 en el municipio de Chimá, donde fueron asesinados el ganadero Esteban Urueta González y sus dos mayordomos, Gerardo de los Santos Marzola y Fredy Manuel Beleño Acosta.
Estos juzgados se han declarado impedidos para conocer el escrito de acusación que formulará la Fiscalía en contra de Cristián Petro Almanza y Juan Soto Garcés, señalados de cometer el macabro hecho. Ambos son investigados por su presunta responsabilidad en los delitos de homicidio agravado, hurto calificado agravado, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio.
Los argumentos de los juzgados son los siguientes:
➡️ El Juzgado Promiscuo del Circuito de Chinú, se declaró impedido tras confirmar en segunda instancia la decisión de que los procesados continuaran en la cárcel. Argumentó que la decisión tomada encaja dentro de las causales de impedimento establecidas en el artículo 56 de la Ley 906 de 2004.
➡️ El Juzgado Penal del Circuito de Sahagún, Córdoba, justificó su impedimento señalando que el titular del despacho habría emitido una opinión extraprocesal del caso en mención. El sustento fue motivado por el artículo 56 numeral 4 del Código de Procedimiento Penal.
➡️ El Juzgado Penal del Circuito de Cereté no aceptó la causal de impedimento invocada por su homólogo de Sahagún, asegurando que la opinión o concepto anticipado del juez de Sahagún no era relevante ni sustancial. Además, señaló que la jueza de Cereté se encuentra impedida para conocer el proceso por haber actuado como juez de control de garantías en segunda instancia en un proceso anterior relacionado con los mismos acusados.
Frente a cada una de las manifestaciones, el Tribunal Superior de Montería a través de su Sala Penal tendrá la última palabra para definir la competencia entre los dos últimos juzgados. Es decir, Juzgado Penal del Circuito de Sahagún y el Juzgado Penal del Circuito de Cereté, teniendo en cuenta que el primer impedimento expuesto por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Chinú, fue aceptado.
