Consejo de Estado: Presidencia Vulneró Derecho a la Información al Usar Indebidamente Alocución Presidencial.

El Consejo de Estado emitió un fallo histórico al concluir que el Presidente y la Presidencia de la República hicieron un uso inadecuado y desproporcionado de la figura de la alocución presidencial, lo que constituyó una vulneración al derecho fundamental a la información de los ciudadanos.

La decisión judicial, impulsada por una tutela interpuesta por varios ciudadanos (incluyendo a Miguel Uribe Turbay, antes de su fallecimiento), determinó que la frecuencia, reiteración, duración y la falta de justificación de los temas de las intervenciones presidenciales desconocieron la garantía del pluralismo informativo.

El Alto Tribunal no solo amparó el derecho de los accionantes, sino que también ordenó a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) tomar medidas urgentes. El Consejo de Estado señaló que la CRC, pese a tener facultades, permitió un monopolio de las fuentes informativas en la televisión.

Como resultado, la CRC deberá, de manera inmediata, regular el uso que el Presidente hace de la alocución y expedir a más tardar el 31 de diciembre de 2025 un marco regulatorio que asegure el pluralismo y la imparcialidad.

El fallo subraya que los poderes de ningún servidor público son ilimitados y recordó que las alocuciones deben regirse por los criterios de excepcionalidad y urgencia establecidos por la Corte Constitucional, incluyendo la obligación de justificar el tema y limitar el tiempo de la intervención.