Consejo de Estado le da vía libre a demanda de nulidad electoral presentada por Yemerson Velásquez Díaz contra los diputados de la Asamblea de Córdoba.


A pesar que la demanda es contra el acto que decretó la elección de los diputados de Córdoba, es un hecho que la misma busca poner en tela de juicio la votación de los diputados Jaime Bello y Carlos Burgos (precisamente quien intentó frenarla)”.
Por: Oswaldo Marchena Mendoza.
@marchenojob

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo (sección quinta), acaba de confirmar el auto emitido por el Tribunal Administrativo de Córdoba el pasado 17 de septiembre, que declaró no probada la excepción de caducidad del medio de control de nulidad electoral alegada por el apoderado del diputado Carlos Burgos.
Como se recordará el ciudadano Yemerson Velázquez Díaz, por conducto de apoderado judicial, presentó demanda de nulidad electoral contra el acto de elección de los diputados de Córdoba, al considerar que se presentaron múltiples irregularidades durante el proceso electoral.
El pasado 17 de septiembre, el Tribunal Administrativo de Córdoba, negó las excepciones propuestas por los diputados de Córdoba. Solo aceptó la del diputado, Carlos Gómez, cuya elección se dio bajo otra figura (Estatuto de la Oposición). Recordemos que el diputado Carlos Burgos, propuso la excepción de la caducidad del medio de control.
Por lo anterior. La Sala Primera de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba, a través del auto del 17 de septiembre de 2020, resolvió las excepciones previas y mixtas formuladas por los diputados demandados
El apoderado judicial del diputado Carlos Burgos, presentó recurso de apelación en contra de la decisión anteriormente referenciada.
El Consejo de Estado confirmó el auto del 17 de septiembre de 2020, proferido por el Tribunal Administrativo de Córdoba, que declaró no probada la excepción de caducidad del medio de control de nulidad electoral alegada por el apoderado del diputado Carlos Burgos.