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Decisión del TSB que revocó condena de 12 años contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez no fue unánime.

La revista Cambio informó que la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que revocó la condena de 12 años de prisión domiciliaria, impuesta en primera instancia contra el expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, no fue unánime.

El medio señaló que la magistrada María Leonor Oviedo se distanció de la determinación de sus colegas y pidió confirmar la sentencia dictada por la jueza 44 penal del circuito de Bogotá Sandra Liliana Heredia.
“Considero que la sentencia de primera instancia emitida por el juzgado 44 debió confirmarse en su totalidad como quiera que se evidencia que la conducta del procesado Álvaro Uribe Vélez se subsume en los tipos penales de soborno en la actuación penal y fraude procesal, bajo el título de imputación de determinador, por lo que se trata de una conducta típicamente antijurídica que se realizó con culpabilidad. Es mi posición, contrario a la posición de la que me aparto”, señaló la magistrada Oviedo.
“Disiento del criterio mayoritario que declaró atípico el delito de soborno en actuación penal enrostrado al procesado. No considero, o me aparto de la consideración de la sala mayoritaria, cuando inicia el estudio de este tipo penal bajo el rótulo de última ratio porque la política criminal del legislador, no del juicio, supera ese principio”, añadió. “Aquí el bien jurídico que se protege es la función jurisdiccional y la pureza del medio testimonial y la libertad del testigo para declarar sin presiones”, señaló.

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