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Por decisión en reemplazo del diputado Negrete, Procuraduría arremete contra la Asamblea y remite el caso al Consejo de Estado

 

La Procuraduría General de la Nación expresó en un fallo que la Mesa Directiva de la Asamblea de Córdoba “desbordó amplia y protuberantemente la competencia que le asiste”, tras la escogencia del reemplazo del diputado Gustavo Negrete Bonilla, quien renunció a comienzos del presente año para dedicarse a la campaña presidencial del entonces candidato Iván Cepeda Castro.

El Ministerio Público acusó de lo anterior a la Duma, ya que ésta, entró a valorar la vigencia de la militancia del candidato (Juan Gabriel García Ortega, ‘Pequeño Juan’, segundo en la lista cerrada, después de Negrete), en lugar de limitarse a acoger la certificación del órgano partidario competente, en este caso el Nuevo Liberalismo, que los había avalado. La corporación eligió a Lina Marcela Jiménez Ramírez, que era la tercera en el renglón.

En consecuencia, la Procuraduría formuló recurso de apelación contra el numeral décimo segundo del auto del 31 de julio de 2026, a través del cual la Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba, negó medida cautelar de suspensión provisional de las resoluciones 063 y 065 de 2026, que habían sido expedidas por la Asamblea Departamental.
En la Resolución 063 del 14 de mayo de 2026, la Duma hizo un llamado a las personas que se sintieran con derecho a ocupar la curul vacante, luego de aceptada la renuncia de Negrete Bonilla. Mientras que la Resolución 065 del 15 del mismo mes y año resolvió un recurso de reposición y rechazó, por improcedente, un recurso de queja interpuestos contra las decisiones tomadas en la Resolución 063.

Asimismo, decretó la suspensión provisional de los efectos jurídicos de las resoluciones Nos. 063 y 065 de 2026 expedidas por la Mesa Directiva de la Asamblea Departamental de Córdoba, conforme a las consideraciones formuladas en la demanda y en este recurso.
La Secretaría General del Nuevo Liberalismo había certificado, en su momento, que, García Ortega conservaba la militancia vigente y que, por estar en el segundo lugar en la lista, le asistía el derecho de ser llamado por la Duma para ocupar la casilla en la citada corporación.
“No obstante, -dice la PGN- la Mesa Directiva de la Asamblea, mediante la Resolución No. 063 del 14 de mayo de 2026, llamó a ocupar la curul a Lina María Jiménez Ramírez, tercer renglón de la lista, tras valorar por su propia cuenta antecedentes relacionados con la militancia del demandante (una renuncia anterior y una candidatura por el Partido Cambio Radical); decisión que confirmó al resolver el recurso mediante la Resolución No. 065 del 15 de mayo de 2026”.

La pregunta que hay que hacer ahora, es ¿cuánto tiempo puede demorar la Sección Quinta del Consejo de Estado para tomar una decisión de esta índole? Lo anterior, si se tiene en cuenta que solo falta un año y cuatro meses para que finalice el periodo de las asambleas departamentales. Además, las cortes actúan con cierta parsimonia.

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