29.362 mil inscritos en Córdoba podrían ser trashumantes: CNE.
Una vez finalizado el proceso de inscripción de cédulas en el Departamento de Córdoba 29.362 inscritos podrían hacer parte de la práctica ilegal denominada “Trasteo de Votos”
Así lo afirmó el Magistrado del Consejo Nacional Electoral- CNE, César Augusto Abreo Méndez, durante la presentación del Informe de Trashumancia en la ciudad de Montería, evento en el cual el organismo electoral pretende no solo alertar a las autoridades sobre la presencia de trashumantes, sino de entregar a veedores, candidatos, partidos políticos, movimientos significativos de ciudadanos y ciudadanía información general sobre el proceso electoral, las reglas, los deberes y derechos de los candidatos.
Luego de recibido el Censo electoral, con corte a 27 de agosto 2019, y cotejado con las bases de datos oficiales de otras entidades del Estado, el equipo de profesionales asignado desde mi Despacho, evidenció que de los 155.506 nuevos inscritos, el 18,8% es decir 29.362 podrían ser trashumantes, aseguró el Magistrado.
Así mismo se encontró que los Municipios de La Apartada (Frontera), Los Córdobas, San José de Ure, San Carlos, Purisima, Buenavista, Chima son los territorios del Departamento que presentan el mayor índice de trashumancia, reincidiendo todos en esta práctica ilegal, tal y como lo revelan los históricos de las elecciones de 2018 y 2014.
De acuerdo con la revisión y análisis de datos confrontados con los históricos y las bases de datos oficiales de Estado, en la Apartada de 1.476 nuevos inscritos, 846 es decir el 57% podrían ser trashumantes. En los Córdobas de 2.285 inscritos, 1.148 presentan presuntamente inscripción irregular de cédulas (50% ), en San José de Ure de 1.235, 611 equivalente al 49%, en San Carlos de 2.201, 987 es decir el 45%; En Purísima el 45% del total de 1.320 nuevos inscritos, el 42% en Buenavista y el 41% en Chima presenta indicios de trashumancia.
De los 30 municipios 7 tienen alerta roja, 6 presentan alerta naranja ,13 amarilla y 4 no presentan alerta por trasteo de votos: Monteria, Lorica, Sahagun y Tierralta.
PERO QUÉ ES LA TRASHUMANCIA?
La trashumancia electoral es la acción de inscribir la cédula para votar en un lugar distinto en el que se reside. Se le conoce popularmente como trasteo de votos. Es por esto que el Consejo Nacional Electoral desde el mes de febrero emprendió un sistema de alertas tempranas para prevenirla durante el proceso electoral de octubre de 2019.
De acuerdo con lo expresado por César Abreo Mendez, el factor determinante para que se configure la trashumancia electoral es la residencia electoral. Que según lo dispuesto por el artículo 183 de la Ley 136 de 1994 y reafirmado por el Consejo de Estado, la residencia electoral se entiende como “el lugar donde una persona habita o de manera regular esta de asiento, ejerce su profesión u oficio o posee alguno de susnegocios o empleo”
Es decir, lo correcto es que cada ciudadano inscriba su cedula en un UNICO lugar de residencia electoral ya sea donde habita, trabaja, tiene negocios o es su lugar de asiento. De lo contrario usted podría ser trashumante y deberá asumir las consecuencias, advirtió el Magistrado del CNE, César Abreo Méndez
LA TRASHUMANCIA ES UN DELITO
CONSECUENCIAS DE LA INSCRIPCIÓN IRREGULAR DE CÉDULAS
La trashumancia conlleva dos consecuencias: la primera que el Consejo Nacional Electoral deje sin efecto la inscripción de la cédula y la segunda constituye un delito contemplado en el Código Penal Colombiano bajo el nombre de fraude en inscripción de cédulas.
Si el CNE prueba a través del procedimiento breve y sumario, prescrito en artículo 4 de la ley 163 de 1994, que la persona inscrita no es residente del municipio, dejará sin efecto la inscripción de la cédula, sin restringir el derecho al voto, lo que supone que ese ciudadano trashumante podrá sufragar en el lugar donde anteriormente tenía inscrito su documento. Pero no debemos olvidar que la TRASHUMANCIA es un delito tipificado por el código de Procedimiento penal como FRAUDE EN INSCRIPCION DE CEDULAS con penas que van de 4 hasta 9 años de prisión o por FALSO TESTIMONIO por cuanto se entiende que por medio del acto de inscripción, el votante declara, bajo la gravedad del juramento, residir en el respectivo municipio, y conlleva una pena de entre 6 a 12 años de prisión-
¿Pero en qué afecta a la democracia la Trashumancia electoral?
El trasteo de votos o trashumancia electoral es un delito que además de afectar los resultados de la elección atenta contra la eficacia del voto, pues puede causar la nulidad de la elección si la cantidad de votos trasteados son determinantes en el proceso electoral.
El trasteo de votos desfigura los mecanismos de participación, afecta el derecho a la autonomía e influye desfavorablemente en las comunidades, ya que quien resulta electo por este medio no tiene ningún sentido de compromiso.