Consejo de Estado anula la elección del representante a la Cámara por Antioquia Jaime Alonso Cano

La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección del representante a la Cámara por Antioquia para el periodo 2026-2030, Jaime Alonso Cano Martínez, tras prosperar una demanda por inhabilidad relacionada con un vínculo familiar. El congresista, cercano al exsenador Carlos Andrés Trujillo y quien había sido elegido en marzo pasado con 64.173 votos, perdió su curul luego de que el alto tribunal determinara que se configuró una prohibición constitucional por el cargo que desempeñaba su hermano.

La acción judicial, interpuesta por los ciudadanos Andrés Julián Rodas Vidal y Cristian Andrés Flórez Rojas entre abril y mayo de 2026, cuestionaba la aspiración de Cano bajo tres argumentos principales: un supuesto ejercicio de autoridad política por su paso como diputado, una coincidencia de periodos y el parentesco con un funcionario público. Aunque el Consejo desestimó los dos primeros cuestionamientos de los demandantes —al considerar que los diputados no tienen la calidad estricta de empleados públicos exigida para dicha causal y que los efectos sobre la coincidencia de periodos no aplicaban de manera retroactiva para este proceso—, sí le dio la razón frente a la inhabilidad por el cargo de su hermano.

El tribunal comprobó que Gustavo Adolfo Cano Martínez, hermano del excongresista, ejerció como inspector de convivencia y paz urbano en un municipio de Antioquia dentro de la jurisdicción y durante el periodo clave que la ley contempla para establecer la prohibición. Para la corporación judicial, las funciones de los inspectores implican facultades para adoptar decisiones, aplicar medidas correctivas y sanciones, lo que configura de manera directa el ejercicio de autoridad civil dentro de la circunscripción electoral correspondiente. Con esta sentencia de única instancia emitida el pasado 1 de octubre de 2026, se anula formalmente la credencial del representante antioqueño