Condenan a la Nación por explosión de mina antipersonal que causó graves lesiones a un soldado en Tierralta, Córdoba.
El Consejo de Estado declaró patrimonialmente responsable a la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional por las lesiones físicas que sufrió el soldado profesional Alexis Mora Valencia debido a la activación de una mina antipersonal instalada por las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc-EP) en Tierralta, Córdoba.
La decisión ordena a la Nación, al Ejército y al Ministerio de Defensa pagar una indemnización a Alexis Mora Valencia de 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes por concepto de daño a la salud. Además, deben pagar $199.267.842,86 por concepto de lucro cesante consolidado, además de otros $213.665.901,33 por concepto de lucro cesante futuro.
Finalmente, ordena “CONMINAR a la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional para que, una vez pague la condena que aquí se le impone, repita contra las FARC como organización o sujeto colectivo de facto, susceptible de soportar reproche jurídico por los actos violatorios de DDHH e infracciones al DIH, y/o contra el fondo constituido por el Gobierno Nacional para estos efectos, según los términos descritos en la parte motiva de esta providencia”.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado determinó la sanción tras estudiar un recurso de apelación interpuesto por la Nación, el Ejército y la cartera contra la sentencia del 30 de mayo de 2019. El fallo fue proferido por el Tribunal Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y en él se accedió de manera parcial a los intereses del uniformado, que actuó como demandante.
El 22 de octubre de 2008, el soldado Mora Valencia, perteneciente a la brigada móvil No. 11 del Batallón de Contraguerrillas No. 81 del Ejército, resultó gravemente herido en su pierna izquierda tras pisar una mina antipersona en medio de una misión de registro que llevaba a cabo en el sector del río Antazales, en Tierralta.
El uniformado, junto con tras personas, demandaron al Estado por su presunta responsabilidad patrimonial en lo ocurrido. Según el máximo juez de la administración pública, los demandantes alegaron que se omitieron medidas de precaución en la misión en la que el soldado resultó herido. El incidente derivó en la pérdida de su capacidad laboral en un 56,45%.
