Acuerdo nacional por la financiación de la universidad pública
Por: Jairo Torres Oviedo
Rector de la Universidad de Córdoba
El pasado tres de septiembre, el Ministerio de Educación Nacional, en conjunto con los actores del sector de la educación pública superior, radicaron el proyecto de ley denominado «Acuerdo nacional por el rescate financiero de la educación superior pública», proyecto de ley, que tiene como propósito modificar parcialmente el Capítulo V del título III de la Ley 30 de 1992; es decir, los artículos 86 y 87 de la mencionada ley. El Sistema Universitario Estatal SUE, desde el año 2019, lideró la construcción de un modelo de financiación que resuelva la desfinanciación estructural de la Universidad Pública; teniendo como referencia: 1. Los estudios de los impactos de la normatividad actual. 2. El sistema prestacional docente. 3. Las brechas y análisis de estándares mínimos-requeridos. 4. Las ejecuciones presupuestales de gastos. 5. La recopilación de dificultades y propuestas de más de una década; las cuales, fueron incorporadas al nuevo modelo de financiación Ices (Índice de Costos de la Educación Superior). Por consiguiente, la reforma de la Ley 30 integra los elementos necesarios para subsanar el desfinanciamiento.
Recordemos, que el presupuesto de la universidad pública de orden nacional, departamental y municipal están constituidos por los siguientes aportes: Presupuesto nacional para funcionamiento e inversión. Aportes de los entes territoriales y recursos propios generados por cada institución. Con la aprobación de la reforma de la Ley 30; los aportes de nación y entes territoriales a las universidades oficiales, se calculará tomando como base el presupuesto asignado en el año inmediatamente anterior, por el mismo concepto, y ajustándose como mínimo cada año por el Ices de las universidades públicas, calculado por el Dane. Adicionalmente, en cada vigencia se asignarán recursos a la base presupuestal para atender las variaciones del sistema salarial y prestacional docente y las que afecten el costo salarial de las universidades. En el presupuesto general de la nación se dispondrán recursos adicionales orientados a aumentar progresivamente el acceso, permanencia y graduación de estudiantes de educación superior pública en pregrado, teniendo como criterios las brechas de acceso y permanencias territoriales y sociales, mejoramiento de la calidad y pertinencia de la oferta. Además, recursos a la base presupuestal orientados al fortalecimiento de plantas profesoral y administrativos. Dicho de otro modo; la propuesta de reforma de la Ley 30 planteada por el MEN y los actores del sector, consistente en cambiar la indexación en el tiempo del indicador tradicional; o sea, el IPC por el Ices. Lo cual, recoge los elementos estructurales planteados por el SUE, que consta de las siguientes variables: 1. Presupuesto actual de aportes de la nación y entidades territoriales ajustado por el Índice de Costos de la Educación Superior – Ices. 2. Presupuesto asignado por costo de los nuevos puntos docentes derivados de la aplicación del Decreto 1279 de 2002. 3. Presupuesto asignado para la vinculación de nuevos docentes y administrativos para cierre de brechas de calidad. 4. recursos para la ampliación de cobertura. 5. Presupuesto para el funcionamiento derivado de las decisiones del ejecutivo y el legislativo que impactan las finanzas y fuentes de financiación.
Esperamos que el trámite de esta reforma necesaria e impostergable permita una deliberación pública amplia; además de esto, la voluntad política del Congreso de la República; de esta forma, convertirla en una realidad social.