ALCALDÍA DE MONTERÍA REGLAMENTA HORARIO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN HORARIO NOCTURNO.

El nuevo Decreto regula a los establecimientos ubicados en zonas residenciales, como tiendas y otros que también expenden bebidas alcohólicas.
A través del Decreto 0042 del 30 de enero, la Alcaldía de Montería expidió la reglamentación del horario de funcionamiento los establecimientos que ejercen actividades económicas que involucren el expendio o consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en el municipio de Montería, el cual será socializado este viernes por parte de la Secretaría de Gobierno y la Policía Metropolitana.
Los días domingo, lunes, martes, miércoles el horario de funcionamiento es hasta las doce de la noche (12:00) del mismo día. El día jueves hasta las dos de la mañana (2:00 am) del día siguiente; viernes y sábado hasta las tres de la mañana (3:00 am) del día siguiente.
Dentro de las disposiciones del decreto están horarios de funcionamiento y restricciones de actividades económicas de expendio de licores y prohibición de expendio a menores. Previo a la expedición del decreto, se habilitaron espacios de concertación desde Secretaría de Gobierno y se hicieron recorridos nocturnos por diferentes puntos en los que se identificó la presencia de menores de edad fuera de algunos establecimientos.
Regulación para tiendas y otros establecimientos
Como respuesta a las diferentes quejas de la comunidad por el ruido proveniente de estos locales en zonas residenciales, el nuevo decreto incluye la regulación de horarios de establecimientos donde se expende o consume de bebidas alcohólicas y/o embriagantes, tales como supermercados, almacenes de grandes superficies comerciales, licorerías, cigarrerías, estancos, salsamentarías, confiterías, fruterías, panaderías; así como establecimientos dedicados a la venta de víveres y abarrotes (tiendas de barrio), galleras, canchas de tejo y billares.
En este caso los horarios establecidos son: los días domingo, lunes, martes, miércoles, jueves hasta las diez de la noche (10:00 pm) del mismo día. Los días viernes y sábado hasta las doce de la noche (12:00) del mismo día.
La finalidad de esta regulación es, entre otras, la reducción de las cifras en riñas, violencia intrafamiliar y accidentes de tránsito a causa del estado de embriaguez de los ciudadanos; y velar por el cuidado del medio ambiente haciendo controles de ruido para evitar la contaminación auditiva y verificar el correcto uso del suelo, factores que son vitales para la sana convivencia de los monterianos.