Corte Suprema respalda actuación de la ANT en proceso de tierras entregadas a comunidad indígena en Córdoba
La Agencia Nacional de Tierras ANT aplaude la decisión de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que revocó el fallo de primera instancia que ordenaba suspender el proceso de enajenación temprana de dos predios con F.M.I. 140-29313 y 140-17313 en Córdoba y declaró improcedente la acción de tutela promovida por Agropecuaria El Central S.A.
Con esta decisión, la Corte Suprema acogió los argumentos expuestos por la ANT, al concluir que la acción de tutela no era el mecanismo judicial idóneo para controvertir el proceso de enajenación temprana adelantado por la Sociedad de Activos Especiales (SAE), mediante el cual suscribió con la entidad una promesa de compraventa sobre los predios en discusión.
El alto tribunal también reconoció que uno de los predios involucrados en el proceso, “No Hay Como Dios”, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 140-17313, ubicado en Montería, Córdoba, y con más de 22 hectáreas, fue entregado provisionalmente por la ANT a la comunidad indígena La Esperanza de Chuchurubí del pueblo Zenú, integrada por cerca de 484 personas, como respuesta a la emergencia ocasionada por las inundaciones que afectaron al departamento de Córdoba y provocaron su desplazamiento.
En la sentencia, la Corte Suprema advirtió que ordenar el retorno inmediato del predio implicaría afectar los derechos fundamentales de una comunidad indígena sujeto de especial protección constitucional, cuya permanencia en el territorio garantiza actualmente su subsistencia, seguridad alimentaria y continuidad cultural.
Asimismo, señaló que dichas personas actuaron bajo el principio de buena fe y confianza legítima frente a la actuación del Estado.
La decisión también precisa que Agropecuaria El Central S.A. puede acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa para reclamar la reparación que considere pertinente, razón por la cual la acción de tutela resulta improcedente por no cumplir el requisito de subsidiariedad.
Con este fallo, la Agencia Nacional de Tierras reitera su compromiso con las familias campesinas y comunidades étnicas de la Reforma Agraria, el respeto por las decisiones judiciales y la garantía de los derechos de las comunidades rurales, siempre en el marco de la Constitución y la ley.
