Por homicidio, la Policía pagará más de $2.000 millones a familia en Tierralta.

Un juzgado determinó que la Policía Nacional incurrió en un uso desproporcionado de la fuerza durante un procedimiento que terminó con la muerte de Gustavo Antonio Herrera Negrete, el 4 de abril de 2019, en el corregimiento El Caramelo, jurisdicción de Tierralta (Córdoba).

Según el fallo, los uniformados no agotaron mecanismos menos lesivos y optaron por el uso de armas letales como primera medida, a pesar de contar con superioridad numérica y física frente a la víctima. El despacho también estableció que los agentes carecían de entrenamiento adecuado para atender a ciudadanos con discapacidad mental.

Como consecuencia, el juzgado descartó la tesis de legítima defensa planteada por la institución y calificó el hecho como homicidio. La Fiscalía, con base en el informe de necropsia, confirmó que el intendente implicado efectuó varios disparos, siendo el último, en el pecho, el que ocasionó la muerte.

Indemnización y medidas de reparación.

En materia económica, el despacho ordenó a la Nación–Ministerio de Defensa–Policía Nacional indemnizar con 1.150 salarios mínimos a 17 familiares del fallecido, entre hijos, esposa y hermanos. Con el salario mínimo de 2026, la compensación supera los $2.013 millones de pesos.

El fallo también contempló medidas de reparación no económicas. Entre ellas, la realización de un acto público de reconocimiento y disculpas en el corregimiento El Caramelo, que deberá llevarse a cabo dentro de los seis meses posteriores a que quede en firme la decisión.

De igual forma, se dispuso implementar programas de capacitación permanente para los uniformados de la zona, enfocados en la atención de personas con trastornos mentales y de comunidades víctimas del conflicto armado.