Sala Especial de Primera Instancia mantiene privado de la libertad al exmagistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión del Juzgado 1 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Montería, que negó la libertad condicional a Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, exmagistrado de la Corte Constitucional, condenado por el delito de concusión.
La Corporación encontró acreditado el cumplimiento del requisito objetivo relativo a las tres quintas partes de la pena, así como el buen comportamiento observado durante la ejecución de la sanción, la existencia de arraigo familiar y social, la ausencia de condena en perjuicios y el concepto favorable emitido por el INPEC. También verificó las actividades de trabajo, estudio y enseñanza que dieron lugar al reconocimiento de redención punitiva.
No obstante, la Sala reiteró que la libertad condicional no constituye una consecuencia automática del cumplimiento del requisito temporal ni de la concurrencia de circunstancias favorables durante la ejecución de la pena. Recordó que la ley y la jurisprudencia exigen una valoración integral, en la que deben ponderarse conjuntamente la gravedad y circunstancias de la conducta punible, el proceso de resocialización, el comportamiento penitenciario, el arraigo y los demás elementos relevantes para establecer si los fines de la pena se encuentran suficientemente satisfechos.
Al realizar esa valoración, la Sala Especial de Primera Instancia destacó que la conducta por la cual fue condenado Pretelt Chaljub consistió en solicitar la suma de quinientos millones de pesos para adelantar gestiones encaminadas a obtener una decisión favorable en una acción de tutela promovida por Fidupetrol, instrumentalizando para ello su investidura como magistrado de la Corte Constitucional. Señaló que ese comportamiento produjo una intensa afectación a la confianza pública y a la imagen institucional de la administración de justicia.
La Sala precisó que, aunque el proceso de ejecución evidencia avances positivos y la superación del umbral mínimo legal habilita el estudio del subrogado, el tratamiento penitenciario aún no alcanza un grado de consolidación suficiente para concluir que se han cumplido plenamente los fines de prevención especial y reinserción social, razón por la cual, la ejecución efectiva de la sanción requiere un mayor progreso.
En consecuencia, la Sala Especial de Primera Instancia confirmó la decisión impugnada y mantuvo la negativa de conceder la libertad condicional.
