TAC admite demanda de nulidad electoral contra el acto de elección de Andrés Felipe López Cordero como concejal de San Andrés de Sotavento (2024-2027)
Con ponencia de la Magistrada Diva Cabrales Solano, el Tribunal Administrativo de Córdoba, Sala Tercera de Decisión, admitió para tramitar en primera instancia la demanda de nulidad electoral presentada por Dorancel Antonio Ortiz Suárez, a través de su apoderado contra el acto de elección de Andrés Felipe López Cordero, como concejal del municipio de San Andrés de Sotavento, para el periodo 2024-2027, alegando la casual de inhabilidad por haber contratado con una entidad pública del nivel municipal dentro del año anterior a su elección.
La demanda señala que celebró contrato de prestación de servicios con la ESE Hospital San Andrés Apóstol de San Andrés de Sotavento. De acuerdo a los argumentos del demandante el acta de inicio del contrato se legalizó el 3 de octubre de 2022 y el acta final el 31 de diciembre del mismo año (se indica entonces que estaba inhabilitado)
