Tribunal ratifica legalidad de las actuaciones del Consejo Superior y la Rectoría de Unicórdoba

El rector y el Consejo Superior de Unicórdoba actuaron en derecho

El Tribunal Administrativo de Córdoba revocó el fallo de tutela proferido el pasado 23 de septiembre por el Juzgado Séptimo Administrativo de Montería y declaró improcedente la acción de tutela presentada contra la Universidad de Córdoba. El fallo evidencia que el Consejo Superior Universitario ha actuado conforme a la constitución, la ley y el estatuto general.

La controversia jurídica se originó a partir del Acuerdo No. 064 de 2026, mediante el cual el Consejo Superior Universitario ejerció legítimamente sus atribuciones estatutarias para delegar en la Rectoría aspectos operativos y reglamentarios de la convocatoria electoral de los egresados para el período 2026-2030.

La decisión del alto tribunal de revocar el fallo de tutela, evidencia que, tanto el Consejo Superior y la Rectoría actuaron de acuerdo a la ley los estatutos.

El Tribunal determinó que el juez constitucional de primera instancia desbordó sus competencias al decretar la nulidad de actos administrativos, cuyo examen es exclusivo de la jurisdicción contencioso-administrativo, por lo que la acción de tutela resulta improcedente porque existen otros mecanismos judiciales ordinarios para la protección de los derechos invocados por el accionante.

En la parte considerativa, el Tribunal expresó que para no retrasar el proceso electoral se avanzará con el reglamento y el cronograma contemplado en los acuerdos 096 y 097 de septiembre de 2026. “La Sala advierte que la revocatoria del fallo de primera instancia y la declaratoria de improcedencia de la acción de tutela dejan sin efectos la orden que anuló los actos administrativos de carácter general objeto de controversia. En consecuencia, dichos actos podrían recobrar su validez y ejecutoriedad, conforme a la jurisprudencia constitucional según la cual, revocada la orden de anulación, los actos administrativos cuestionados recuperan la presunción de legalidad y acierto que los cobija”.

“No obstante, la Sala observa que el cronograma electoral contenido en los actos inicialmente anulados se encuentra vencido, de modo que su eventual recuperación de efectos no permitiría, por sí sola, dar continuidad al proceso de elección del representante de los egresados ante el Consejo Superior Universitario. De otro lado, los Acuerdos Nos. 096 y 097 del 26 de septiembre de 2026 fueron expedidos por el Consejo Superior Universitario en cumplimiento de la orden judicial vigente en ese en ese momento, cuya ejecución era obligatoria mientras se surtía la segunda instancia”.

Este nuevo triunfo jurídico de la Universidad, evidencia el compromiso de la actual administración en la protección y salvaguarda de la integridad institucional, la autonomía universitaria y la independencia de sus estamentos.

Las directivas de la Universidad de Córdoba reiteran a toda la comunidad universitaria, y en especial al estamento de egresados, su compromiso con la transparencia, el apego irrestricto a la ley y la preservación de los espacios de participación institucional que fortalecen la autonomía universitaria.