Tribunal Superior de Bogotá revoca fallo de tutela que restringía bombardeos militares en zonas con menores.
El Tribunal Superior de Bogotá adopta la decisión de revocar una medida cautelar de tutela que imponía restricciones operativas a las Fuerzas Militares, prohibiendo la ejecución de bombardeos y acciones de combate en áreas donde se presumiera la presencia de niños, niñas y adolescentes reclutados por organizaciones al margen de la ley. Tras el fallo judicial, la Casa de Nariño emite un pronunciamiento para señalar que la Fuerza Pública recupera la facultad de desplegar sus operaciones en todo el territorio nacional, bajo la directriz inquebrantable de acatar los principios de distinción, proporcionalidad y precaución consagrados en el Derecho Internacional Humanitario.
La determinación del alto tribunal trasciende en la opinión pública en medio de la preocupación institucional por las estadísticas de menores de edad afectados en contextos de confrontación armada. Según balances divulgados por la Dirección de Medicina Legal, el acumulado anual registra 17 menores fallecidos en medio de operaciones de la Fuerza Pública durante 2026, de los cuales ocho corresponden al actual mandato presidencial, lo que mantiene abiertos los debates sobre la protección de la infancia y la responsabilidad estatal frente al fenómeno criminal del reclutamiento ilícito.
